#88 Clara Campoamor

Naci贸 en Madrid en 1888. Fue una abogada, jurista y diputada espa帽ola, pionera de la militancia feminista. Estudi贸 derecho y se licenci贸 en la Universidad de Madrid en 1924. Obtuvo un esca帽o de diputada por Madrid en la Segunda Rep煤blica. Form贸 parte de la Comisi贸n constitucional, destacando en la discusi贸n que condujo a aprobar el art铆culo 36, que reconoc铆a por vez primera el derecho de voto a las mujeres.

No tuvo una vida f谩cil: qued贸 hu茅rfana de padre siendo ni帽a. Desde joven ayud贸 a su madre a sostener las cargas econ贸micas familiares y desempe帽贸 varios oficios antes de abrirse paso en el mundo laboral como funcionaria. En sus distintos trabajos de funcionaria, conoci贸 a muchas mujeres pioneras como ella y en 1916 comenz贸 a asistir al Ateneo con regularidad.

En 1922, se junt贸 con mujeres progresistas de la Sociedad Espa帽ola de Abolicionismo. La finalidad de la asociaci贸n era conseguir “una legislaci贸n moderna en todo lo relativo a los problemas sexuales y al delito sanitario.” Con algunas de las fundadoras intervino en diversos actos de propaganda en entidades radicales. En marzo de 1923 dimiti贸. En dicho a帽o tradujo del franc茅s para la editorial Calpe, Le roman de la momie (La novela de una momia) de T茅ophile Gautier.

Reinici贸 sus estudios y obtuvo el t铆tulo de bachiller en 1923. A sus 35 a帽os, comenz贸 a entrar en el mundo universitario a trav茅s de sus estudios de derecho y de las conferencias que impart铆a.

Entre ellas cabe destacar la que pronunci贸 en la Universidad Central de Madrid, en mayo de 1923, titulada “La mujer y su nuevo ambiente”. Poco antes de licenciarse, el 31 de octubre de 1924, se incorpor贸 a la Academia de Jurisprudencia, en donde desarroll贸 una gran actividad. Finalmente, el 19 de diciembre de 1924, Campoamor se licenci贸 en derecho por la Universidad Central de Madrid. A partir de esa fecha su trayectoria intelectual se despliega en lo que ser谩n sus dos grandes pasiones: la pol铆tica y el derecho.

Particip贸 en la organizaci贸n del XII Congreso de la International Federation of University Women previsto para septiembre de 1928. La celebraci贸n de dicho congreso duplic贸 su trabajo, ya que en esa fecha presid铆a la Juventud Universitaria Femenina, secci贸n espa帽ola de la Federaci贸n Internacional. En 1929, fue Premio Extraordinario de Derecho Civil de la Academia de Jurisprudencia y Legislaci贸n de Madrid.

De otro lado, su af谩n combativo y a la par europe铆sta la empujaron a fundar, junto a un grupo de abogadas, la Federaci贸n Internacional de Mujeres de Carreras Jur铆dicas, nacida en Par铆s en 1929. El germen de dicha asociaci贸n hab铆a surgido un a帽o antes, con ocasi贸n de un viaje profesional de Campoamor a Par铆s en 1928. El contacto con abogadas de diversos pa铆ses, las charlas y reuniones, alentaron el nacimiento de la Federaci贸n fundada por las abogadas Marcelle Kraemer Bach y Agatha Divrande Thevenin (Francia), Margaret Brendt (Alemania), Poska Gruntal (Rusia) y la propia Clara Campoamor. Muy pronto se unieron a la organizaci贸n un gran n煤mero de abogadas de todo el mundo, entre ellas la abogada suiza Antoinette Quinche, con quien la jurista comenz贸 a anudar lazos profesionales que se prolongaron hasta el final de sus d铆as.

A principios de 1930 particip贸 en la fundaci贸n de la Liga Femenina Espa帽ola por la Paz, tras un congreso de asociaciones pro Sociedad de Naciones, en el que la Liga qued贸 integrada. Formaban parte del comit茅 ejecutivo un grupo de mujeres pacifistas, la mayor铆a de ellas socias del Lyceum Club Femenino; es probable que entre las socias fundadoras del Lyceum Club, “primera organizaci贸n espa帽ola cultural y laica exclusivamente integrada por mujeres”, cuya primera sede fue inaugurada oficialmente en Madrid el 4 de noviembre de 1926, figura el nombre de Campoamor. En 1931 intervino en la Sociedad de Naciones, a trav茅s de la Liga y de la Asociaci贸n Femenina Universitaria, integrada en la International Federation of University Women. Tambi茅n intervino como delegada del Gobierno en 1933. Siguiendo esta l铆nea de actuaci贸n, imparti贸 una conferencia de car谩cter pacifista en el C铆rculo Republicano de la calle Puertaferrisa de Barcelona, organizada por la Liga Femenina por la Paz y la Libertad.

Ya en agosto de 1925, hab铆a prologado el ensayo Feminismo socialista de la periodista y feminista Mar铆a Cambrils, dedicado a Pablo Iglesias. Tambi茅n alrededor de esas fechas entr贸 en contacto con los medios pol铆ticos aza帽istas; milit贸 en el grupo de Acci贸n Republicana e incluso lleg贸 a ser elegida en 1931 miembro del Consejo Nacional. Finalmente, defender铆a en las Cortes los derechos de la mujer desde las filas del republicanismo hist贸rico.

Tras las elecciones generales del 28 de junio de 1931, dos diputadas, elegidas por la circunscripci贸n provincial de Madrid, ocuparon su esca帽o: Victoria Kent hab铆a sido elegida por el partido Radical Socialista; Clara Campoamor, por el partido Radical. Las dos diputadas ten铆an muy claro su objetivo: la defensa de los derechos de la mujer, pero no pensaban de igual modo respecto al voto. V. Kent, y meses despu茅s Margarita Nelken, perteneciente al partido Socialista, qui茅n obtuvo su acta de diputada por Badajoz en las elecciones parciales del 4 de octubre, defend铆an el aplazamiento del voto femenino, no su negaci贸n.

Se vio obligada a defender en solitario el derecho al voto de la mujer. El 1 de octubre de 1931 el Parlamento aprob贸 por 40 votos de diferencia (161 votos a favor, frente a 121 en contra), el derecho al voto de la mujer; se hab铆a obtenido el sufragio universal. El resultado se puso en jaque dos meses m谩s tarde. Frente a este nuevo embate, Campoamor se erigi贸 ahora en defensora de la Constituci贸n y del art铆culo aprobado que hab铆a regulado ya los derechos electorales de uno y otro sexo. Todo ello condujo a realizar una segunda y definitiva votaci贸n el 1 de diciembre; por s贸lo cuatro votos de diferencia (127 votos a favor, frente a 131 en contra), el sufragio femenino se hizo nueva y definitiva realidad.

Sin embargo, a pesar de la admiraci贸n que suscit贸, se convirti贸 en blanco de la mofa o del encono de sus correligionarios y el voto de la mujer en el chivo expiatorio de la llegada de la derecha al poder en las elecciones de noviembre de 1933. No por ello aminor贸 su trabajo parlamentario y mientras fue diputada despleg贸 una intensa actividad jur铆dica. Cuando se legisl贸 el divorcio en 1932, se encarg贸 de la separaci贸n de Josefina Blanco, esposa de Valle Incl谩n, y de Concha Espina, esposa de Ram贸n de la Serna y Cueto. Durante este periodo, parece plausible su adscripci贸n a la masoner铆a, en concreto, a la logia de mujeres Reivindicaci贸n de Madrid.

En las elecciones de 1933, Campoamor no vio renovado su esca帽o, tampoco Victoria Kent. S铆 lo obtuvo Margarita Nelken, que renov贸 esca帽o por Badajoz. Despu茅s de formar gobierno en diciembre de 1933, Alejandro Lerroux ofreci贸 a Campoamor una Direcci贸n General. La jurista ocup贸 el cargo de directora general de Beneficencia y Asistencia Social desde finales de diciembre de dicho a帽o hasta octubre de 1934, es decir durante el periodo en que gobern贸 煤nicamente el partido Radical sin la presencia de la Confederaci贸n Espa帽ola de Derechas Aut贸nomas (CEDA). La tragedia de la represi贸n asturiana colm贸 su decepci贸n del partido Radical. El 23 de febrero de 1935, Campoamor dirigi贸 una carta a Lerroux en la que le comunicaba su desacuerdo con la pol铆tica realizada y su firme decisi贸n de abandonar el partido. En julio de 1935, pidi贸 su ingreso en Izquierda Republicana, petici贸n que le fue denegada; meses m谩s tarde se le neg贸 tambi茅n su solicitud de acta para inscribirse en el Frente Popular representando a Uni贸n Republicana Femenina, agrupaci贸n que hab铆a surgido en torno suyo entre octubre y diciembre de 1931, a fin de crear un ambiente favorable al voto de la mujer. Ante la imposibilidad de obtener una candidatura en las que ser铆an las 煤ltimas elecciones de la Rep煤blica, Campoamor abandon贸 Madrid. En Londres conoci贸 el triunfo del Frente Popular.

Desde el exilio trabaj贸 en diferentes colaboraciones con otros exiliados o con mujeres de otros pa铆ses, primero desde Argentina y luego desde Suiza. Clara falleci贸 en Lausanne en 1972 y dej贸 escritos libros como “El derecho femenino en Espa帽a”, “La situaci贸n jur铆dica de la mujer espa帽ola” y “Mi pecado mortal. El voto femenino y yo”.

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